Conductas prohibidas y sanciones en el marco de la “Ley Justina” Conductas prohibidas y sanciones en el marco de la “Ley Justina”
La Ley Nacional N° 27.477, conocida como “Ley Justina”, establece que todas las personas son potenciales donantes de órganos, salvo que durante su vida hubiesen expresado su voluntad en contrario.
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La normativa regula las prácticas relacionadas con la obtención y utilización de órganos, tejidos y cédulas de origen humano, incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, trasplante y su seguimiento.
Asimismo, establece que los establecimientos de salud habilitados para realizar ablación y trasplantes cuenten con los equipamientos necesarios que permitan detectar y evaluar al donante.
Debe consignarse, que conforme los preceptos de la “Ley Justina”, el Instituto Nacional Centro Único Coordinación de Ablación e Implante (Incucai), es el organismo encargado de coordinar, con cada una de las instituciones habilitadas, las acciones tendientes a registrar las manifestaciones de voluntad receptadas.
En tanto, la normativa describe una serie de prohibiciones y en tal sentido, impide la extracción de órganos cuando no se haya dado cumplimiento a los requisitos y previsiones de la ley. Otra condición ineludible es que se respeten los principios de gratuidad y voluntariedad.
Al respecto, la ley reprime con pena de prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial de dos a diez años la conducta del autor, cuando fuere profesional de la salud o colabore con la actividad.
También prevé la misma sanción para quien, directa o indirectamente, diere u ofreciere un beneficio patrimonial o de otra índole a un dador o tercero para la obtención de tejidos, órganos o células.
Además, reprime la conducta de quien extrajere órganos o tejidos de humanos vivos, cuando la misma se realice sobre persona incapaz, menor de 18 años.
A la vez, sanciona con la misma pena a quien, con ánimo de lucro, intermediara en la obtención de órganos o tejidos proveniente de una persona o de cadáveres.l